viernes, agosto 11

Caso Spiniak = Oídos Sordos para Hermosilla

Casualidades de la vida, hoy me encontré viendo tele, porque mi cuñada me llamó para que mirara una entrevista de Paulsen a Hermosilla, abogado de Spiniak, sujeto por todos conocido a causa de sus desviaciones y aberraciones sexuales. Este caso, junto al de Lavandero, es emblemático en cuanto a la Pedofilia. No voy a extenderme demasiado, sin embargo, si alguien tiene comentarios, aportes, críticas o preguntas, para eso está el blog, así es que, adelante!!! ¿Qué convierte a un portador del título de abogado en uno bueno??? Creo haber posteado esto en otro blog pero acá va otra vez: En mi inmodesta opinión, un buen abogado, desde el punto de vista del éxito litigando, es aquél que logra armar un discurso "redondito". ¿Cómo se logra eso? Hay varias maneras disponibles de antemano y otras tantas que a uno se le pueden ir ocurriendo en el camino. Supongamos que estamos precisamente en el caso Spiniak. Claro que Hermosilla tenía opciones: testigos poco confiables, gente que metía sus narices sin tener idea, falta de claridad en puntos claves (los motivos los ignoro: pudo ser el tiempo, errores humanos, y muchos otros que no menciono por no caer en algún tipo penal) ¿Cuál fue la labor primordial del defensor? Evidenciar las falencias del caso, centrando la atención en las debilidades. Las mostró en prensa, en privado, en todas partes, para hacer caber la "duda razonable". Jurídicamente hablando, ganó el caso, más allá de las especulaciones acerca de los contactos de Spiniak en altas esferas sociales y políticas, cuestión ésta que a nadie le consta pero que está inserta en el inconciente colectivo. Hermosilla, destacado penalista, triunfador litigante, envidiado criminalista, respondió las preguntas de Paulsen con comentarios poco satisfactorios. Pregunta de Paulsen: ¿Cómo es que una persona inocente puede ser procesada por delitos tan graves si en verdad no hay argumentos ni evidencias para ello? Respuesta de Hermosilla: Por las palabras de una Diputada, que creo que ya ni es diputada, por los dichos de un ex sacerdote, que tampoco es sacerdote ahora... Yo digo: No hay que ser abogado para saber que nadie va a estar 3 años privado de libertad por las palabras sin fundamento de dos personas, menos una persona que puede pagar una fianza ¿por qué nunca se le concedió libertad provisional? Si el Juez Muñoz se avocó al caso de una manera digna de encomio ¿podrá equivocarse tanto? Pregunta de Paulsen: ¿cómo es posible que una persona que se contacta con otras y consigue, por su intermedio favores sexuales de menores de edad, que lo hace de manera periódica y siempre dentro de un mismo círculo, no sea condenada por asociación ilícita? Respuesta de Hermosilla: Simple. Basta con ver el expediente y percatarse que el Sr. Spiniak primero fue procesado por otros delitos y el Juez Muñoz "añadió" esta figura delictiva al final, que nunca se dio, pues se trataba de simples transacciones de carácter sexual, que cualquier persona puede realizar con solo mirar los anuncios de la prensa. Acá viene toda mi rabia (obviamente, menos importante que todas las implicaciones que un caso como éste conlleva). No es solo una rabia jurídica sino rabia por la profesión, rabia por la soltura de cuerpo como para lanzar una explicación tan pueril y desenfadada. Rabia por ser "colega" de Hermosilla. Rabia por los alumnos de él; Rabia. Se que estoy siendo en extremo simple pero quiero que todo aquél que me lea y no sea abogado comprenda mi punto de vista. Todos conocemos el dicho ése que dice que no se le puede sacar leche a una vaca que aún no tenemos ¿cierto? Entonces ¿Cómo podría el Juez Muñoz procesar a Claudio Spiniak primero por asociación ilícita si no existe primero al menos un principio de convencimiento acerca de la comisión de los ilícitos que dan lugar a dicha asociación? Aún más simple: Si no hay delito sexual alguno que se le impute a alguien ¿cómo podría decirse que esa persona se asoció ilícitamente con otras para cometer tales hechos? La lógica de esta afirmación, creo yo, no tiene contrapeso. Cierto es que el juez Muñoz pudo haberlo procesado por ese ilícito pero ¿habría tenido algún sentido, algún asidero? Si así lo hubiera hecho, cualquier penalista lo habría destrozado apelando del auto de procesamiento, porque sin el delito "principal" mal puede existir un segundo delito, accesorio al primero en este caso (lo aclaro porque también puede darse el caso de una asociación ilícita que sea el "delito principal, especialmente cuando el objeto de la asociación no se ha consumado), que es la mentada sub-lite asociación ilícita. Es por ello que luego de tal respuesta de Hermosilla, apagué la tele, escribí esto y de ahora en adelante, pondré ojos y no oídos a las palabras del "colega".